Carta de Mandamiento. Consejo de Indias. Competencias Documentales

Los Consejos de la Monarquía Española en el Antiguo Régimen tenían capacidad de emitir documentos intitulados por el rey, participase él o no con su firma (por ejemplo la Real Provisión), o documentos intitulados y validados exclusivamente por los miembros de la institución, es decir, en nombre propio. Es el caso de la llamada CARTA DE MANDAMIENTO.
 
Este documento se caracteriza diplomáticamente porque, como norma general, se inicia con la indicación de la data «En la villa de…», y finaliza con la validación, expresada únicamente por la rúbrica del presidente, que lo hacía en primer lugar, y el resto de los consejeros.  
 
Fue una documento muy utilizado para requerir el cumplimiento por parte de personas o instituciones dependientes del Consejo de determinados mandatos. El más habitual era la libranza, por la que el Consejo ordenaba a su «contador o tesorero», que pagase una cantidad de dinero a otra persona. 
Carta de Mandamiento. Consejo de Indias. Competencias Documentales
AGI, INDIFERENTE 738, N.89A

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